Informática forense · Tribunales

¿Cómo se expone un informe pericial informático ante el tribunal y cómo se evalúan las preguntas complementarias?

Un dictamen escrito debe responder de forma comprensible a la cuestión probatoria. No obstante, pueden surgir dudas. El artículo 411, apartado 3, del Código de Procedimiento Civil (ZPO) permite al tribunal ordenar la comparecencia del perito para que dé explicaciones, o bien solicitar una explicación por escrito o una ampliación del dictamen. Para nosotros, esto significa que los resultados y la metodología deben estar documentados de tal manera que puedan explicarse con precisión incluso más adelante.

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¿Qué es lo que realmente debe aclarar el perito?

No es la cantidad de artefactos encontrados lo que cuenta. Lo determinante es si las huellas digitales relevantes respaldan el hecho objeto de la cuestión probatoria, lo contradicen o no permiten extraer ninguna conclusión fiable. Para ello, los hallazgos se analizan en su contexto técnico y se examinan expresamente las hipótesis contrarias.

Dónde está el límite de la expresión

Una explicación oral no es el lugar adecuado para reforzar a posteriori una tesis que no se haya fundamentado previamente. Las afirmaciones nuevas o complementarias deben seguir basándose en los datos analizados y en un razonamiento técnico comprensible.

Cómo aborda LanCologne la cuestión de la prueba

En el caso de los encargos judiciales, nuestro trabajo comienza por la cuestión probatoria, no por un programa de análisis. Determinamos qué hecho técnico hay que aclarar, qué fuentes de datos son relevantes para ello y qué explicaciones alternativas deben examinarse.

La base de datos se documenta de forma inequívoca y, en la medida en que sea técnicamente posible, se analiza a partir de copias de seguridad forenses verificadas o copias de trabajo. Las coincidencias automáticas no se aceptan sin verificar cuando se trata de cuestiones relevantes para la toma de decisiones. Son determinantes el origen, la lógica de generación y el contexto de un artefacto. Si es necesario, un hallazgo se verifica a partir de los datos brutos o mediante un segundo método independiente y técnicamente adecuado.

En el informe pericial distinguimos entre los hechos constatados, la evaluación técnica y la conclusión. Asimismo, señalamos con igual claridad los límites de la afirmación: ¿qué se ha demostrado, qué se ha respaldado únicamente, qué queda sin resolver y qué no se puede determinar a partir de los datos disponibles?

La parte principal está redactada de forma que resulte comprensible para los jueces y otras personas ajenas al ámbito forense. La verificabilidad técnica se garantiza mediante una sección técnica independiente, en la que se documentan las fuentes de datos, los valores de integridad, los artefactos y los pasos de la investigación esenciales para una verificación independiente.

Nuestra forma de trabajar

1Delimitar técnicamente el mandato judicial y la cuestión probatoria.
2Comprobar el ámbito de especialización, el plazo y las posibles dudas sobre la imparcialidad.
3Documentar de forma clara y precisa las pruebas y los datos de partida.
4Garantizar la integridad y evitar los cambios en la medida de lo posible.
5A partir de la cuestión probatoria, deducir hipótesis de comprobación técnica e hipótesis contrarias.
6Analizar de forma específica las fuentes de datos relevantes.
7Validar desde un punto de vista técnico los resultados decisivos y examinar las explicaciones alternativas.
8Documentar las contradicciones, los datos que faltan y las limitaciones técnicas.
9Responder con claridad a la cuestión de la evidencia, sin ir más allá de lo que indican los datos.
10Recopilar los fundamentos técnicos para una verificación independiente.

Clasificación metodológica

En el ámbito de la informática forense judicial no existe un catálogo legal de productos de software obligatorios. El módulo DER.2.2 del marco de protección básica del BSI contiene principios básicos útiles sobre la prevención, la recogida de pruebas y la presentación de resultados adaptada al público destinatario en caso de incidentes de seguridad informática. Sin embargo, deja claro expresamente que el análisis forense propiamente dicho no forma parte del objeto de dicho módulo y que no se refiere a las investigaciones forenses informáticas en el ámbito de los delitos. Por lo tanto, no lo presentamos como una norma procesal penal.

Marco jurídico

Art. 411, apartados 3 y 4, del Código de Procedimiento Civil (ZPO); véanse también los artículos 404a, 407a y 412.

La valoración final de las pruebas corresponde al tribunal. Nuestra labor pericial se limita a dar una respuesta técnica a la cuestión probatoria planteada, dentro del ámbito del encargo que se nos ha encomendado.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se expone un informe pericial informático ante el tribunal y cómo se evalúan las preguntas complementarias?+
Un dictamen pericial escrito debe responder de forma clara a la cuestión probatoria. No obstante, pueden surgir dudas. El artículo 411, apartado 3, del Código de Procedimiento Civil (ZPO) permite al tribunal ordenar la comparecencia del perito para que preste aclaraciones, presente una explicación por escrito o aporte una adición al dictamen.
¿Cómo se lleva a cabo en la práctica una inspección técnica de este tipo?+
En el caso de los encargos judiciales, nuestro trabajo comienza por la cuestión probatoria, no por un programa de análisis. Determinamos qué hecho técnico hay que aclarar, qué fuentes de datos son relevantes para ello y qué explicaciones alternativas deben examinarse.
¿Garantiza el resultado del análisis una conclusión inequívoca para el tribunal?+
Una explicación oral no es el lugar adecuado para reforzar a posteriori una tesis que no se haya fundamentado previamente. Las afirmaciones nuevas o complementarias deben seguir basándose en los datos analizados y en un razonamiento técnico comprensible.
¿Existe algún fundamento jurídico para ello?+
Artículo 411, apartados 3 y 4, del Código de Procedimiento Civil (ZPO); con carácter complementario, artículos 404a, 407a y 412. La valoración definitiva de las pruebas corresponde al tribunal. Nuestra labor pericial se limita a dar una respuesta especializada a la cuestión probatoria de carácter técnico en el marco del encargo que se nos ha encomendado.

LanCologne – Informática forense para los tribunales

¿Necesita un análisis forense informático independiente para una cuestión probatoria concreta ante los tribunales? LanCologne analiza las huellas digitales disponibles sin prejuzgar el resultado y documenta de forma comprensible los hallazgos determinantes, los hallazgos contrarios y las limitaciones técnicas.

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