INFORMÁTICA FORENSE · TRIBUNALES

Informática forense para los tribunales: la cuestión de las pruebas ocupa un lugar central

Como peritos independientes en tecnologías de la información, prestamos apoyo a los tribunales en la aclaración técnica de cuestiones relacionadas con las pruebas digitales: desde la clasificación de elementos concretos, pasando por la asignación de marcas de tiempo, dispositivos y cuentas, hasta la explicación de los informes periciales escritos durante la vista.

Nuestro peritaje se lleva a cabo de acuerdo con los principios reconocidos de la informática forense y se ajusta estrictamente al encargo judicial. Concedemos especial importancia a un método de trabajo neutral y abierto a cualquier resultado, así como a una documentación comprensible para todas las partes implicadas en el procedimiento. Los hallazgos decisivos se verifican de forma independiente —siempre que sea necesario— mediante un segundo método reconocido o directamente a partir de los datos brutos.

Evaluación imparcial
Documentación admisible en los tribunales
Tratamiento conforme al RGPD
Peritos con amplia experiencia

LA CUESTIÓN DE LA PRUEBA

Cómo convertir una cuestión probatoria en una investigación sólida

Desglosamos la cuestión judicial en subcuestiones que puedan verificarse técnicamente. Por lo general, un único sello de fecha y hora no es suficiente; hay que examinar, entre otras cosas, los metadatos del sistema de archivos, los rastros de las aplicaciones, las copias de seguridad, los registros y, en su caso, los procesos de sincronización. La investigación se ajusta estrictamente al mandato judicial: si el tribunal determina, con arreglo al artículo 404a, apartado 3, del Código de Procedimiento Civil (ZPO), qué hechos deben servir de base para el peritaje, no sustituimos esta indicación por nuestras propias suposiciones. El resultado puede ser una prueba positiva, una exclusión o una conclusión motivada de que „no se puede determinar con certeza a partir de los datos disponibles“; las tres respuestas pueden ser técnicamente correctas.

NUESTRO ENFOQUE

Así es como se desarrolla su revisión médica

Proceso transparente: desde la primera solicitud hasta la entrega del informe pericial.

1
Comprobamos si la cuestión entra dentro de nuestro ámbito de especialización, qué hechos tiene en cuenta el tribunal y si existen dudas sobre su imparcialidad. En caso de ambigüedades, se solicitará una aclaración al tribunal (artículos 404a y 407a del Código de Procedimiento Civil).
2
Se identifican y documentan los dispositivos, los soportes de datos y los archivos facilitados. En la medida de lo técnicamente posible, realizamos una copia forense; los valores hash garantizan la integridad, y el original se conserva para futuras comprobaciones.
3
Determinamos qué indicios respaldarían o refutarían el hecho alegado y solo analizamos los elementos que aportan valor informativo para la cuestión probatoria. Las coincidencias automáticas no se aceptan sin comprobarlas previamente.
4
Las conclusiones relevantes para la toma de decisiones se verifican —en la medida en que sea necesario— mediante un segundo método reconocido. Al mismo tiempo, indicamos expresamente qué no se debe deducir de los datos.
5
La conclusión final se deriva de los hallazgos documentados y no se formula en términos más contundentes de lo que permiten los datos. Un anexo técnico permite a un perito forense informático independiente realizar una verificación técnica o elaborar un contrainforme.

PREGUNTAS TÍPICAS

¿Cuándo es conveniente realizar un análisis forense informático judicial?

  • Cuestiones digitales controvertidas en los procedimientos civiles
  • Procedimientos penales con pruebas digitales
  • Revisión de un informe pericial sobre tecnologías de la información ya elaborado (contrainforme)
  • Aclaración sobre la asignación de marcas de tiempo, dispositivos y cuentas
  • Evaluación de la validez probatoria de las huellas digitales ante los tribunales
  • Explicación de un informe pericial en la vista judicial
  • Nueva evaluación con arreglo al artículo 412 del Código de Procedimiento Civil (ZPO)
  • Preguntas sobre la cadena de custodia

LÍMITES Y CONCLUSIÓN

Lo que debe saber

Prestamos apoyo a los tribunales en la aclaración técnica de cuestiones relacionadas con las pruebas digitales, desde la clasificación de elementos concretos, pasando por la asignación de marcas de tiempo, dispositivos y cuentas, hasta la explicación de los informes periciales escritos durante la vista. La valoración jurídica y la valoración final de las pruebas siguen siendo competencia del tribunal (art. 286 del Código de Procedimiento Civil alemán, ZPO); nosotros aportamos la base fáctica especializada, ya sea en forma de prueba positiva, de exclusión o de falta de prueba motivada.

OPINIONES DE LOS CLIENTES

Esto es lo que dicen nuestros clientes

4,8 de 5 estrellas en Trustpilot · 54 valoraciones

★★★★★

“Máxima profesionalidad, tramitación rápida y una comunicación excelente. Han hecho posible lo que parecía imposible. Así es como uno se imagina un auténtico servicio de atención al cliente: ¡algo único en Alemania!”

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“Un asesoramiento muy amable, una disponibilidad y una comunicación excelentes. Mi problema se ha resuelto por completo y se han podido recuperar los datos perdidos. ¡Estoy muy satisfecho y, por supuesto, aliviado!”

Layla Pankratz

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“Mi problema se resolvió de forma profesional y rápida, el trato siempre fue amable y aún hoy puedo ponerme en contacto con ellos si tengo alguna duda; ¡les estoy muy agradecido por ello!”

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PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes

Haga clic en una pregunta para ver la respuesta.

¿Por qué la cuestión probatoria ocupa un lugar central en una investigación forense informática judicial?+
Un tribunal no necesita un informe técnico lo más extenso posible ni una enumeración de los programas utilizados. Lo que necesita es una respuesta sólida a la cuestión probatoria planteada. ¿Cómo se convierte una cuestión probatoria judicial en una investigación técnicamente sólida?
¿Cómo se lleva a cabo en la práctica una inspección técnica de este tipo?+
Nuestro método de trabajo: del encargo judicial a la respuesta. En primer lugar, comprobamos si la cuestión entra dentro de nuestro ámbito de especialización, qué hechos tiene en cuenta el tribunal y si el contenido o el alcance del encargo son claros.
¿Garantiza el resultado del análisis una conclusión inequívoca para el tribunal?+
Un perito no puede reinterpretar por su cuenta una cuestión probatoria que no esté clara y convertirla en otra cuestión. Si existen dudas sobre el contenido o el alcance del encargo, el artículo 407a, apartado 4, del Código de Procedimiento Civil (ZPO) exige que sea el tribunal quien aclare la cuestión.
¿Existe algún fundamento jurídico para ello?+
Artículos 403, 404a, 407a, 411 y 412 del Código de Procedimiento Civil (ZPO); además, el artículo 286 del ZPO sobre la valoración judicial de las pruebas. En materia penal, se aplican los artículos 72 y siguientes del Código de Procedimiento Penal (StPO) a los peritos. El perito aporta la base fáctica especializada.